martes, 24 de abril de 2012

Competencias del Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora

Formulario para presentar una queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones en formato papel


Entre las competencias del Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora se encuentran todas aquellas cuestiones relacionadas con:
  • Los Contratos de Seguros y los Planes de Pensiones gestionados por la Compañía Aseguradora.
  • Los fondos de pensiones gestionados por la Compañía Aseguradora.
  • Los Mediadores de Seguros que trabajen para dicha compañía.
Tipos de Reclamaciones ante una Compañía Aseguradora 
Ante el Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora se pueden presentar:
  • Quejas: debidas a tardanzas, desatenciones o cualquier otro tipo de actuación que se observe en el funcionamiento de la Compañía Aseguradora. En este caso no se pretende la reparación o restitución del interés o del derecho del asegurado.
  • Reclamaciones: en este caso, el asegurado pretende obtener la restitución de su interés o derecho.
  • Consultas: para la solicitud de asesoramiento e información general.
¿Quiénes pueden presentar reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora?
Las entidades que pueden presentar quejas, reclamaciones o consultas ante el Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora, son:
Las formas de presentación de estas reclamaciones pueden ser, como se explicó en la entrada anterior de este blog, en formato papel o mediante presentación telemática, a través de la oficina virtual. Para la presentación en formato papel se puede descargar de la propia página de la DGS el formulario del Servicio de Reclamaciones, sin perjuicio de que, si se estima conveniente, se pueda utilizar otro formato para la presentación de estas quejas, reclamaciones o consultas.

Cómo cubrir el formulario para presentar una queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora
A la hora de cubrir el formulario que nos permite presentar una queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora, debemos aportar la siguiente información:
  1. Datos del reclamante: nombre, apellidos y DNI de la persona que reclama.
  2. Datos identificativos del representante: nombre, apellidos y DNI del representante, en caso de actuar a través de representante.
  3. Dirección a efectos de notificaciones: dirección completa para a la que se dirigirán todos los escritos de la DGS.
  4. Datos identificativos de las entidades reclamadas: denominación social y domicilio de la entidad o entidades objeto de reclamación.
  5. Motivo de la queja o reclamación: se debe indicar el motivo de la queja o reclamación que se presente, de forma clara y concisa.
  6. Documentación necesaria para tramitar la queja o reclamación: tal y como explicamos en el post anterior de este blog, para poder dirigir un escrito al Servicio de Reclamaciones de una Compañía Aseguradora, en primer lugar teníamos que haber presentado este escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de la Compañía Aseguradora/Defensor del Asegurado y acreditar uno de los dos requisitos siguientes:
    • No haber obtenido contestación por parte del Servicio de Atención al Cliente de la Entidad/Defensor del asegurado en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de presentación del escrito.
    • Que el Servicio de Atención al Cliente de la Entidad/Defensor del asegurado haya denegado o desestimado total o parcialmente la reclamación.
  1. No estar pendiente de resolución o litigio ante órganos administrativos, arbitrales o jurisdiccionales.
  2. Lugar, fecha y firma: tenemos que poner el lugar, la fecha y no olvidarnos de firmar el escrito.
Cómo cubrir el formulario para realizar una Consulta ante el Servicio de Reclamaciones de una Compañía de Seguros
Para enviar una consulta al Servicio de Reclamaciones de una Compañía de Seguros, debemos cubrir el formulario de consulta con la siguiente información:
  1. Datos del sujeto que formula la consulta: nombre, apellidos y DNI de la persona que hace la consulta.
  2. Dirección a efectos de notificaciones: dirección completa para a la que se dirigirán todos los escritos de la DGS.
  3. Antecedentes y circunstancias concurrentes, dudas que suscite la normativa aplicable y demás datos y elementos de juicio: las consultas deben ser genéricas, nunca referidas a una entidad determinada, y referirse a cuestiones de asesoramiento e información general sobre los derechos que tiene como usuario de seguros y servicios financieros.

Si quieres un modelo de carta de reclamación al servicio de atención al cliente de la entidad aseguradora, puedes descargártelo aquí .

¿Aún tienes dudas?
Si necesitas un asesor de seguros, tienes cualquier duda o necesitas cualquier aclaración, puedes expresar tus dudas en los comentarios de cualquiera de los posts de este blog, o si lo prefieres, puedes hacernos llegar tus dudas a través de la siguiente dirección de e-mail:  tuasesordeaseguroseninternet@gmail.com








domingo, 22 de abril de 2012

Procedimiento para reclamar ante una Compañía de Seguros

Formulario para presentar una queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones en formato papel

En esta entrada explicamos las formas, que tiene el asegurado insatisfecho, de reclamar ante una compañía de seguros.

Cuando se está insatisfecho con los servicios ofrecidos por una entidad aseguradora lo primero que hay que hacer es ponerlo en conocimiento de la misma.

Para ello la propia póliza de seguro indicará las medidas de resolución de conflictos previstas por la propia compañía de seguros. Estas son:
  1. Departamento de atención al cliente/Defensor del asegurado 
  2. Sistema de arbitraje
  3. Sistema arbitral de consumo
  4. Vía judicial
Las formas para su presentación ante estos organismos son:
  • Papel
  • Presentación telemática: a través de la oficina virtual
A continuación detallamos estas medidas de resolución previstas por la compañía de seguros:

1. Departamento de atención al cliente/Defensor del asegurado: 

Este departamento resolverá la reclamación en un plazo no superior a 2 meses. La decisión será motivada, es decir, explicará los motivos y las conclusiones a las que se ha llegado tras la lectura de la reclamación. Esta resolución será notificada al asegurado antes de 10 días.
Las decisiones de estos departamentos son vinculantes (obligatorias) para la compañía, pero no para el asegurado que, si no está satisfecho con la resolución, puede recurrir a otras vías de reclamación. Estas otras vías son:
  1. Dirección General de Seguros (DGS)
  2. Comisión Nacional del Mercado de Valores  (CNMV)
  3. Banco de España (BE)
Estos dos últimos organismos aunque, no son propios de seguros, envían la documentación en el plazo de 10 días hábiles a la Dirección General de Seguros (DGS).
A cualquieras de estas tres vías (DGS, CNMV ó BE) NO se puede recurrir directamente, pues necesitamos comprobante de haber iniciado anteriormente el procedimiento en el Departamento de atención al cliente/Defensor del asegurado, bien porque desestimó la misma total o parcialmente o, bien porque no hubo respuesta alguna en el plazo de 2 meses desde que se hizo la reclamación.

La Dirección General de Seguros, la Comisión Nacional del Mercado de Valores o el Banco de España  recibirán y tramitarán, la queja o reclamación, siempre que:
  • El asegurado haya recibido respuesta insatisfactoria por parte del Departamento de atención al cliente/Defensor del asegurado (desestimación total o parcial).
ó
  • No haya recibido respuesta de estos departamentos en el plazo máximo de 2 meses.
La queja, en papel o correo electrónico, irá con toda la documentación de la que dispone el asegurado para iniciar el procedimiento. 

El informe de resolución se emitirá en un plazo máximo de 4 meses desde la fecha de presentación de la queja o reclamación en el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros. Dicho informe será motivado y deberá contener unas conclusiones claras en las que se haga constar si de lo actuado se desprende:
  • quebrantamiento de normas de transparencia y protección
  • se ajustó a las buenas prácticas y usos financieros
Las resoluciones de la DGS, CNMV ó BE no son vinculantes para ninguna de las partes. 

Si queremos tramitar directamente la queja o reclamación tenemos las siguientes vías:
  • El arbitraje ordinario
  • El arbitraje de consumo
  • Vía judicial
2. Arbitraje ordinario: 


Las partes eligen a un árbitro que decidirá y tomará una solución que será vinculante para el asegurado y para la compañía de seguros.

3. Arbitraje de consumo: 


Tutelado por la administración. El colegio arbitral está formado por tres miembros: un representante de la administración, otro de los consumidores y otros de los sectores empresariales. El asegurador tiene 15 días para aceptar el arbitraje. Si no lo acepta queda expedita la vía judicial. El plazo para dictarse el laudo es de un máximo de 4 meses desde que se constituyó el colegio arbitral. Se dictará de forma motivada y tendrá carácter vinculante para las partes.

4. Vía judicial: 


Si sigue sin estar satisfecho queda acudir a la jurisdicción ordinaria.

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martes, 17 de abril de 2012

Seguros para explotaciones forestales: incendios, inundaciones y daños por el viento

Fotografía: cortesía de slworking

En este post explicaremos en qué consiste un seguro para explotaciones forestales, a qué plantaciones está dirigido, los riesgos cubiertos y las fechas para su contratación.

Objeto del seguro

1) Garantía a la reforestación

Se cubren los gastos necesarios para repoblación y regeneración de la masa forestal por los riesgos que detallamos a continuación.

2) Garantía a la producción (corcho)

Para las producciones de corcho de reproducción en las masas de alcornoque, también por los riesgos que detallamos a continuación.

Riesgos cubiertos
  • Incendio: fuego con llama que por abrasamiento o combustión ocasione la pérdida del objeto asegurado.
  • Inundación-lluvia torrencial: se considera cubierto cuando los daños producidos sean consecuencia de lluvias o deshielo de tal magnitud que ocasionen desbordamientos de ríos, rías, arroyos, etc.
  • Viento huracanado: cuando produzca el tumbado o caída de los árboles.
Riesgos no cubiertos
  • Gastos para impedir o cortar el incendio.
  • Pérdidas en la madera.
  • Gastos de mantenimiento: ej. Podas, abonados, injertos, etc.
  • Gastos para efectuar obras complementarias: ej. Cercados, cortafuegos, etc.
  • Gastos por plagas o enfermedades
  • Inundaciones debidas a averías, defectos o vicios de construcción de canales, presas, etc.
  • Daños producidos por inundaciones debido a defectos en el funcionamiento del drenaje.
  • Parcelas situadas por debajo de la cota de coronación de presas de embalses, aguas arriba de las mismas.
  • Parcelas ubicadas en cauces de ríos, arroyos, etc. salvo que dispongan de las oportunas canalizaciones.
  • Parcelas situadas en zonas pantanosas o encharcadizas.

Período de garantías

Inicio de garantías tanto para la reforestación como para la producción: con la toma de efecto del seguro, es decir, el pago del precio de seguro o prima.

Final de garantías tanto para la reforestación como para la producción:
  • A los 12 meses desque que se iniciaron las garantías
  • La iniciación del seguro de la campaña siguiente
  • Además, para el caso de la garantía a la producción, en el momento del descorche.


Elección de coberturas
  1. Reforestación
  2. Producción (corcho)
Para el caso de los alcornoques, si se quiere asegurar la producción, tiene que asegurar previamente la reforestación.

Ámbito de aplicación

Masas forestales ubicadas en el territorio nacional

Explotaciones asegurables

Las de titularidad privada

Bienes asegurables
  1. masas forestales asegurables para reforestación


Parcelas
Masas forestales

En terreno agrícola
Arbóreas
Coníferas: masa pura
Fondosas: masa pura
Mezcla de coníferas y frondosas

Arbustivas
Todas
En terreno forestal
Arbóreas
Coníferas: masa pura
Fondosas: masa pura
Mezcla de coníferas y frondosas


  1. producciones forestales asegurables: son asegurables las producciones de corcho de reproducción de los alcornoques incluidos en territorio nacional. Se debe asegurar el corcho que se va a obtener en el año en que se vaya a efectuar el descorche.
No son asegurables:
  • Parcelas de superficie inferior a 0.25 hectáreas.
  • Parcelas en estado de abandono.
  • Aquellas que tengan indiciado expediente de anulación de ayudas para el fomento a la forestación.
  • Aquellas que tengan presencia de matorral con un grado de cobertura superior al 60%.
  • Parcelas de alcornoque en la que no se haya efectuado descorche en los últimos 15 años.
  • Corcho bornizo.
Clases de cultivo
  • Los bienes situados en terreno agrícola
  • Los bienes situados en terreno forestal
Se deben asegurar en una única declaración de seguro todos los bienes asegurables de la misma clase.

Plazos de suscripción

Del 15/01/2012 al 31/05/2012

Subvenciones

Este seguro cuenta con las subvenciones de:
  • Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAPA)
  • Comunidad Autónoma (CCAA)
Que se aplicarán directamente en el precio final del seguro.

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viernes, 13 de abril de 2012

Seguros Agrarios: Información General

Imagen cortesía de: ilo_oli

Los Seguros Agrarios: contratación

Los seguros agrarios se contratan con AGROSEGURO (Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de Seguros Agrarios Combinados). Agroseguro agrupa a un conjunto de compañías aseguradoras, formando entre ellas un cuadro de coaseguro.

Para contratar un seguro agrario basta con dirigirnos a las delegaciones o mediadores de cualquiera de las compañías aseguradoras que forman parte de Agroseguro. 

La relación de las entidades aseguradoras que forman parte de Agroseguro puede consultarse en la página Web de ENESA (Entidad Estatal de Seguros Agrarios) dentro del apartado "Plan Anual" > “Legislación básica del plan”. Dentro de este subapartado podemos consultar una serie de documetnos con la legislación relativa al último plan anual de esta entidad. Los documentos cuyo nombre comienza por “Cuadro de coaseguro” contienen la relación de entidades aseguradoras que forman parte de Agroseguro para cada uno de los años en los que esta información está disponible.

El agricultor, ganadero, acuicultor o propietario forestal que decida asegurar su producción, puede hacerlo de las siguientes formas:
  • Individualmente: en este caso debe contratar su seguro agrario directamente con Agroseguro. 
  • De forma colectiva: integrándose en un colectivo abierto por un Tomador. En este caso recibiría una subvención mayor (actualmente un 5% mayor).
¿Quién puede ser tomador de Seguros Agrarios?

Puede ser Tomador de Seguros Agrarios cualquier cooperativa, organización o asociación de agricultores, ganaderos, acuicultores o propietarios forestales que tenga personalidad jurídica propia y capacidad para contratar. 

Para acceder a la subvención adicional existente por contratación colectiva (actualmente de un 5%) los Tomadores de Seguros Agrarios deberán inscribirse en el Registro de Tomadores creado en la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por orden de 23 de octubre de 1998, publicada en el B.O.E. del 28 de octubre.

La relación de tomadores de Seguros Agrarios puede ser consultada en la Página Web de ENESA, dentro  del apartado: “Consultas” > “Sobre Tomadores”.

Funciones del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), realiza la coordinación de la actividad de los Seguros Agrarios. 

Como consecuencia del desarrollo de esta actividad, ENESA propone al Gobierno, la aprobación del Plan Anual de Seguros, que se aprueba a principios de cada año. Este Plan Anual de Seguros es el que controla la aplicación de los Seguros Agrarios, otorgando las subvenciones a estos seguros, de acuerdo a las previsiones del plan.

Asimismo, ENESA realiza los correspondientes estudios de viabilidad de las líneas de seguro y la divulgación del Seguro Agrario, entre otras actividades.

Los Siniestros dentro de los Seguros Agrarios

Cuando ocurre un siniestro relacionado con un Seguro Agrario, el Asegurado, el Tomador o el Beneficiario, deben comunicar el siniestro con la mayor brevedad posible al domicilio social de Agroseguro:

  Agroseguro
  C/Gobelas, Nº23 
  28023 Madrid

Si lo prefieren, también pueden dirigirse a la Oficina de Peritación de las correspondientes zonas de Agroseguro, según el ámbito geográfico donde ocurra el siniestro.

La declaración del siniestro puede hacerse de las siguientes formas:
  • En mano.
  • Por correo.
  • Por fax (sólo si es muy urgente).
Siempre será necesario solicitar el acuse de recibo de la declaración de siniestro.

El plazo para la comunicación del siniestro en las producciones agrícolas, es de 7 días, contados a partir de la fecha en que fue conocido. 

Si se produce un incendio, será necesario prestar declaración ante la autoridad compentente del lugar donde se haya producido el incendio y aportar copia autentificada de dicha declaración que deberá ser remitida a Agroseguro. 

Si el siniestro está relacionado con fauna cinegética, será necesario remitir dicha declaración sólo cuando Agroseguro lo solicite.

En caso de siniestros relacionados con animales asegurados, el plazo es de 24 horas y deberá hacerse preferentemente llamando al teléfono 900 900 420. Asimismo, deberá tomar todas las medidas necesarias paa la conservación del animal o sus restos, de forma que el mismo se encuentre, durante al menos las 72 horas siguientes a la notificación, a disposición de Agroseguro, para una eventual necropsia.

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martes, 10 de abril de 2012

Los Seguros de Personas o Seguros Personales

Imagen cortesía de: comandos


Sólo algunas personas tienen protegidos los riesgos que afectan a su vida, a su integridad física, a su salud, etc. a través de un seguro de personas o seguro personal. En el caso de que ocurriese un accidente, fallecimiento o enfermedad a una de estas personas, éstas recibirían:
  1. Un capital.
  2. Una renta.
  3. Otras prestaciones convenidas.

    Características:
  1. Objeto del seguro: persona expuesta al riesgo.
  2. Persona determinada: persona identificada en el seguro.
  3. Capital asegurado: el capital asegurado se fija en función de los deseos del tomador del seguro, así como de sus posibilidades y necesidades económicas.
  4. Asegurado y tomador: cuando el tomador del seguro sea distinto al asegurado se requiere consentimiento de éste para que el contrato pueda celebrarse.
  5. Beneficiario: aparece la figura del beneficiario, como un cuarto elemento personal del contrato junto con el asegurador, el tomador del seguro y el propio asegurado.
  6. En los seguros que cubren el riesgo de muerte, el beneficiario es necesariamente una persona distinta del asegurado, puesto que éste ha fallecido cuando debe satisfacerse la prestación pactada.
  7. Para las prestaciones previstas para el caso de vida del asegurado, el beneficiario puede ser el propio asegurado o una persona distinta.

    Clasificación de los seguros de personas
  1. Atendiendo a la muerte o supervivencia del asegurado:

    1. Seguros de vida/muerte: seguros sobre los riesgos que afectan a la existencia de las personas:
      1. Seguros para el caso de vida: garantizan el pago de un capital o renta convenida si el asegurado vive a partir de una determinada fecha.
      2. Seguros para el caso de muerte: garantizan el pago de la suma o sumas convenidas en caso de fallecimiento del asegurado.
      3. Seguros mixtos: son combinaciones de seguros para caso de vida y para el caso de muerte, es decir, ofrecen garantías en caso de vida y en caso de muerte simultáneamente.
    2. Seguros de accidentes: seguros que afectan a la integridad corporal de las personas.
    3. Seguros sobre los riesgos que afectan a la salud de las personas:
      1. Seguros de asistencia sanitaria.
      2. Seguros de enfermedad.

  2. Atendiendo al número de personas sobre las que recae la cobertura:

    1. Seguros individuales: en los seguros individuales el asegurado es una persona física sobre cuya vida se contrata el seguro.
    2. Seguros sobre dos o más cabezas: en los seguros sobre dos o más cabezas el riesgo asegurado sobre determinada persona o personas, se condiciona a la supervivencia o fallecimiento de otra u otras.
    3. Seguros colectivos o de grupo: se incluyen en un solo contrato los seguros de vida de varios asegurados, pero las prestaciones son independientes entre sí.

  3. Atendiendo a la duración del seguro:

    1. Seguros temporales: el seguro termina en el plazo estipulado.
    2. Seguros vitalicios: el seguro termina en el momento del fallecimiento del asegurado.

  4. Atendiendo a la forma de abono de la prestación:

    1. Seguros de capital: la prestación asegurada es una suma que la entidad aseguradora abonará en caso de producirse el evento objeto de cobertura.
    2. Seguros de renta: la prestación asegurada es una sucesión de pagos periódicos que la entidad aseguradora debe satisfacer al producirse el evento asegurado, durante un tiempo determinado o mientras viva el asegurado.

  5. Atendiendo al riesgo de accidente:

    1. Seguros en caso de muerte por accidente.
    2. Seguros en caso de invalidez.
  1. Atendiendo al riesgo por enfermedad o asistencia sanitaria:

    1. Seguros de enfermedad: prestación que consiste en subsidio o reembolso de gastos en caso de enfermedad del asegurado.
    2. Seguros de asistencia sanitaria: prestación que consiste en asistencia médica y quirúrgica.


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miércoles, 14 de marzo de 2012

El Seguro de Salud


Fotografía cortesía de: José Goulao


El seguro de salud es un contrato por el cual queda asegurada la salud del asegurado y en el que este último decide las características, las prestaciones y los límites.

Los principales tipos de seguros de salud existentes son:

  1. Seguro de prestación de servicios de asistencia sanitaria o de cuadro médico: normalmente estos seguros comprenden la prestación de la asistencia sanitaria por los distintos profesionales y centros sanitarios concentrados que figuran en el cuadro médico de la compañía de seguros, sin desembolso alguno por parte del asegurado. Aquí es importante verificar que los centros médicos y/o hospitales sean reconocidos o de primer nivel.
  2. Seguro de reembolso: en este caso el asegurado podrá recurrir libremente a los servicios de cualquier profesional sanitario o centro médico en cualquier lugar del mundo costeando el importe que será abonado posteriormente por la compañía, con unos límites preestablecidos para cada tipo de prestación.
  3. Seguro de copago: en este caso, el asegurado tendrá que abonar un importe adicional preestablecido cuando acuda a visitar o realizar las pruebas médicas necesarias. Normalmente esta modalidad en principio abarata el seguro, pero hay que tener en cuenta que la compañía aseguradora nos obligará a pagar una cuota cada vez que se haga uso de determinadas prestaciones. Esto puede hacer que el precio final de este tipo de seguro sea demasiado elevado.
  4. Seguro mixto: combina el tipo de seguro de cuadro médico y el de reembolso.

Para poder contratar un seguro de salud es necesario rellenar un cuestionario de salud, o declaración de salud, que se incluye en la solicitud del seguro y en el que se solicitan los datos necesarios para la valoración del riesgo médico. Esta declaración de salud debe ser realizada y firmada por el tomador y/o asegurado antes de la formalización de la póliza de seguro. El solicitante debe declarar bajo su responsabilidad que los datos y respuestas aportadas son veraces. En caso de reserva o inexactitud el asegurador se reserva el derecho de rescindir la póliza automáticamente.

En ocasiones, dependiendo de la edad del asegurado y/o de los antecedentes familiares la compañía aseguradora puede obligar al asegurado a acompañar el cuestionario de salud o declaración de salud con pruebas médicas tales como:

  • Análisis de sangre.
  • Análisis de orina.
  • Electrocardiogramas.
  • Etc.
El coste de estas pruebas médicas será asumido íntegramente por la compañía de seguros.

Las garantías que suelen ofrecer los seguros médicos son:

  • Póliza de cuadro médico: médico de familia o especialistas designados en el cuadro médico que se desglosa normalmente por localidades y especialidades.
  • Urgencias en centro sanitario.
  • Urgencias médicas y de enfermería a domicilio.
  • Asistencia primaria.
  • Hospitalización.
  • Ambulancia.
  • Intervenciones quirúrgicas, tratamientos y prótesis.
  • Pruebas complementarias de diagnóstico.
  • Ginecología y obstetricia.
  • Odontología.
  • Quimioterapia y oncología radioterápica.
  • Actos sanitarios de fisioterapeutas y podólogos.
  • Rehabilitación.
  • Psiquiatría.
  • Sangre y hemoderivados.
  • Asistencia de viaje.
  • Cobertura dental.
  • Etc.

Seguros de Salud: Exclusiones

Estarán exentas de cobertura las patologías existentes con anterioridad a la fecha de la contratación del seguro.
Además también están exentas de cobertura:

  • La hospitalización por enfermedades transmisibles.
  • Los tratamientos por drogadicción o alcoholismo.
  • Los intentos de suicidio.
  • Etc.

Seguros de Salud: Periodo de Carencia

Normalmente las prestaciones garantizadas en la póliza serán facilitadas desde la entrada en vigor de la misma (desde el pago de la prima del seguro). Hay algunas prestaciones que no entran en vigor hasta pasado un tiempo desde la entrada en vigor de la póliza, a esto se le llama periodo de carencia.

De esta forma nos encontramos garantías que no tienen periodo de carencia como pueden ser:

  • Medicina general.
  • Pediatría.
  • Visita a especialistas.
  • Etc.

Otras garantías tienen un período de carencia de 6 meses (aunque la duración de este período depende de cada compañía aseguradora), tales como:

  • Intervenciones quirúrgicas.
  • Hospitalización.
  • Radiofrecuencia.
  • Etc.

Otras garantías que suelen tener un período de carencia de 8 meses (aunque la duración de este período depende de cada compañía aseguradora), son:

  • Parto.
  • Cesárea.
  • Intervención por ligadura de trompas.
  • Etc.

Por lo tanto, las premisas básicas para contratar un buen seguro de salud serían las siguientes:

  • Que tenga un buen cuadro médico que incluya los mejores centros y hospitales.
  • Que no tenga copago, es decir, que no resulte necesario abonar importe adicional alguno cada vez que se acuda al médico o a realizar alguna prueba médica.
  • Que tenga los menores períodos de carencia, es decir, que la cobertura entre en vigor lo antes posible.

    Si necesitas un asesor de seguros, tienes cualquier duda o necesitas cualquier aclaración, puedes expresar tus dudas en los comentarios de cualquiera de los posts de este blog, o si lo prefieres, puedes hacernos llegar tus dudas a través de la siguiente dirección de e-mail:  tuasesordeaseguroseninternet@gmail.com

miércoles, 15 de febrero de 2012

Ejemplo de cómo cubrir correctamente un parte amistoso de accidentes

Imagen mostrando el accidente que tomaremos como ejemplo para enseñar cómo cubrir correctamente un parte amistoso de accidentes


Tal y como informamos en el post anterior, ahora veremos cómo se cubre correctamente un parte amistoso de accidente, usando para ello un ejemplo. En este ejemplo recurrimos a la foto de un accidente donde se ven implicados dos vehículos. Supondremos que en este accidente nos encontramos con daños materiales por parte de ambos vehículos y también con daños personales, consistiendo estos en lesiones leves en la conductora de uno de los vehículos.

Resumiendo, supondremos que en el accidente ficticio que usaremos como ejemplo se dan las siguientes condiciones:
  • Dos vehículos implicados.
  • Vehículo A de color gris.
  • Vehículo B de color rojo. 
  • Ambos vechículos van por el mismo carril y en la misma dirección, pero el vehículo A es alcanzado por detrás por el vehículo B. 
  • El vehículo B alega que en la carretera había una mancha de aceite.

Veamos a continuación cómo rellenaríamos el parte amistoso de accidente para este ejemplo:
  • Lo primero que cubrimos es la fecha del accidente, la hora y el lugar de los hechos. Los datos que usaremos en este ejemplo, son: 9 de febrero, a las 12.45h, en la Av. de Lugo en Santiago de Compostela. 
  • Además, indicaremos si hay víctimas del accidente (incluso aunque sean leves), así como si hay otros vehículos implicados distintos de los vehículos A y B. También es importante indicar si hay o no testigos. En este ejemplo hay una única víctima leve -la conductora del vehículo A-, no hay otros vehículos implicados y hemos supuesto que había un testigo del accidente cuyo nombre es Luis López Gil.
  • Después rellenaremos los datos de cada uno de los vehículos: asegurado, vehículo, aseguradora, conductor, punto inicial de choque, daños apreciados y observaciones. Es indiferente cuál de los vehículos indiquemos como A o como B.

La sección central del parte amistoso de accidentes, (es decir, el apartado 12, llamado "Circunstancias") es muy importante para determinar quién es el culpable del accidente, por ello tenemos que estar muy atentos a la hora de cubrir este apartado. En nuestro ejemplo, marcaríamos las siguientes casillas:
  • Casilla 1 (vehículo A): esta casilla se corresponde con la opción "Estaba estacionado/parado" ya que en nuestro ejemplo el vehículo A estaba parado.
  • Casilla 8 (vehículo B): esta casilla se corresponde con la opción "Colisionó en la parte de atrás al otro vehículo que circulaba en el mismo sentido y en el mismo carril" ya que en nuestro ejemplo el vehículo B colisionó en la parte trasera del vehículo A, que circulaba en el mismo sentido y por el mismo carril.
Al final sumamos las casillas marcadas y tenemos para el vehículo A, una casilla marcada y para el vehículo B también una casilla marcada.

Después hacemos un croquis del accidente en el momento de la colisión. Para ello hacemos un dibujo en donde se vea la situación de los vehículos, el sentido de la marcha, la posición en el momento de la colisión, las señales de tráfico y el nombre de las calles. En nuestro ejemplo dibujamos el coche A delante del B, indicamos el STOP al final de la vía, la mancha de aceite en la carretera y el nombre de la calle y el sentido de la circulación.

Es importante repasar a conciencia todos los datos que hemos cubierto para asegurarnos de su exactitud y, a continuación, firmar el parte amistoso de accidentes por parte de ambos conductores.

Después, el reverso del parte amistoso de accidentes será cubierto por cada uno de los conductores, pues, recordemos que cada uno se lleva una parte autocopiativa del parte amistoso de accidentes.

Así, en el reverso del parte amistoso de accidente del vehículo A, correspondiente a Mercedes Castro López, ampliamos la información del accidente, aportando datos como:
  • El nombre del asegurado.
  • Una descripción más amplia del accidente. 
  • Si existió intervención de las autoridades: en nuestro ejemplo suponemos que intervino la Policía Local de Santiago de Compostela, al existir una mancha de aceite en la carretera, que provocó que el vehículo B patinase.
  • Datos del vehículo asegurado y los datos para su peritación, indicando nombre, teléfono y dirección del taller donde será peritado el vehículo A.
  • Como en nuestro ejemplo no hay otros vehículos distintos de A y B implicados en el accidente, se deja sin cubrir el Apartado 22.
  • En nuestro ejemplo tampoco hay daños a las cosas ni a los animales, y por lo tanto, también dejamos en blanco el Apartado 23.
  • En el Apartado 24, "Daños a las personas, víctimas" de nuestro ejemplo, indicamos que, Mercedes Castro López, al ser alcanzada por detrás por el vehículo B, tiene unas molestias en las cervicales que fueron atendidas en el Centro Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela.
  • Por último, terminemos la declaración del parte amistoso de accidentes indicando el lugar, la fecha y la firma (en este caso de Mercedes Castro López, conductora del vehículo A).
Resumiendo, el parte está cubierto de la siguiente forma:

Ejemplo de cómo cubrir correctamente un parte amistoso de accidente (anverso).

A continuación mostramos el contenido de cada uno de los campos del anverso del parte amistoso de accidentes cubierto a modo de ejemplo:


  1. Fecha del accidente: 09.02.2012. Hora: 12.45.
  2. Localización: España, Av de Lugo (Santiago).
  3. Víctimas incluso leves: sí.
  4. Daños materiales, vehículos distintos de A y B: no. Objetos distintos al vehículo: no.
  5. Testigos: nombre, dirección, tel: Luis López Gil. Av. Coruña (Santiago) Tlf: 650262626.
  6. Tanto para vehículo A como para vehículo B rellenar los datos del asegurado. En el ejemplo, vehículo A: Mercedes Castro López, Av. Romero Donado 3, 1º. 15704 España. Tlf: 626313450.
  7. Tanto para vehículo A como para vehículo B rellenar los datos del vehículo. En el ejemplo, vehículo A: Ford Mondeo, matrícula 6452CDX España.
  8. Tanto para vehículo A como para vehículo B rellenar los datos de la aseguradora. En el ejemplo, vehículo A: Allianz Seguros, Póliza nº 38452166, Carta Verde E-1706/06, Agencia Sys Corredores, ubicada en la Plaza de España, 4. Tlf: 981530001. Los daños propios del vehículo están asegurados.
  9. Tanto para vehículo A como para vehículo B rellenar los datos del conductor. En el ejemplo, vehículo A: Mercedes Castro López nacida el 14.02.1967 y domicilio en Romero Donallo 3, 1º, Santiago de Compostela (A Coruña), España. Tlf: 626313450. Permiso de conducir nº 32888001C, categoría B y válido hasta el 03.11.2015.
  10. Tanto para vehículo A como para vehículo B indicar el punto de choque inicial con una flecha. En el ejemplo, el vehículo A: marcamos el punto inicial de choque en la parte de atrás del vehículo.
  11. Tanto para vehículo A como para vehículo B indicar los daños apreciados al vehículo. En el ejemplo, vehículo A: ponemos parte trasera del vehículo.
  12. Tanto para vehículo A como para vehículo B rellenar las circunstancias del accidente. En el ejemplo, para el vehículo A: indicamos la casilla 1, la cuál indica que estaba estacionado/parado y después indicamos el número de casillas marcadas, que en este ejemplo será una.
  13. Croquis del accidente. Hacemos un dibujo donde se aprecien las circunstancias del accidente: precisaremos la situación, la dirección de los vehículos A y B mediante flechas, su posición en el momento de la colisión, señales de tráfico existentes y nombre de las calles o carreteras.
  14. Observaciones tanto para el vehículo A como para el vehículo B. En el ejemplo, vehículo A: indicamos que el taller será Taller Santiago, del cual ampliaremos la información de la dirección y teléfono en la parte de atrás de la hoja del parte amistoso de accidente.
  15. Firma de los conductores: no olvidaremos firmar el parte amistoso de accidente por parte de los dos conductores.

Ejemplo de cómo cubrir correctamente un parte amistoso de accidente (reverso).



A continuación mostramos el contenido de cada uno de los campos del reverso del parte amistoso de accidentes cubierto a modo de ejemplo, para el caso del vehículo A:


  1. Nombre del asegurado: Mercedes Castro López.
  2. Descripción del accidente: El vehículo A estaba aminorando la velocidad al llegar a un cruce donde hay un stop y es alcanzado por el vehículo B. El vehículo B alega que había aceite en la carretera.
  3. Intervención de las autoridades: sí, policía local de Santiago de Compostela.
  4. Datos del vehículo asegurado: turismo privado de color gris y cuyo garaje habitual se encuentra en Av. Romero Donallo, Nº3 - Santiago de Compostela (A Coruña).
  5. Datos del conductor del vehículo asegurado. En este apartado pondríamos los mismos datos que hemos cubierto en el apartado 9 del anverso.
  6. Peritación: ponemos el color del vehículo y el nombre, dirección y teléfono del taller donde va a ser reparado.
  7. Otros vehículos intervinientes: otros vehículos distintos de A y B que estén implicados en el accidente.
  8. Daños a las cosas y animales: en blanco, pues no se vieron afectados por el accidente.
  9. Daños a las personas víctimas: indicamos nombre, apellidos, domicilio, edad, estado civil, profesión, sexo, si es asalariado del asegurado o no, la condición de víctima, la descripción de las lesiones y el centro de asistencia. Por tanto, los datos serían los siguientes para el caso del vehículo A: Mercedes Castro López, con domicilio en la calle Romero Donallo, Nº 3 - 1º (Santiago de Compostela), de 44 años, casada, administrativa, de sexo femenino, no asalariada del asegurado, es la conductora del vehículo A, tiene dolor de cervicales y fue atendida en el Centro Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela. Firmamos este apartado.
  10. Observaciones: en el caso de no poder firmar el asegurado, se indicará quién lo hace en su nombre y por qué motivos firma esta persona.
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