jueves, 13 de septiembre de 2012

¿Planes de Pensiones o Planes de Previsión Asegurado?

Imagen cortesía de: wendypan

Tras haber explicado anteriormente qué es un Plan de Pensiones, cuáles son sus principales tipos, y cuándo es mejor contratar cada uno de esos tipos, en este post hablaremos de los Planes de Previsión Asegurados (PPA).
Los Planes de Previsión Asegurados tienen las mismas ventajas fiscales que los Planes de Pensiones, es decir, tributan como rendimientos del trabajo, bajando de esta forma la base imponible del contribuyente. Su pago fiscal se efectuará cuando se cobre la pensión, bien en forma de capital, bien en forma de renta.
Pero ahora bien, los Planes de Previsión Asegurados tienen una rentabilidad asegurada al vencimiento, es decir, a la fecha de la jubilación, con lo cual sabemos que tenemos una cierta cantidad de dinero asegurada además de la participación en beneficios que nos pudiese corresponder.
Evidentemente, al tener un interés garantizado, el riesgo de estos planes suele ser menor, con lo cual, el capital a fecha de jubilación suele ser menor que el obtenido mediante un Plan de Pensiones, pues las compañías aseguradoras, para obtener ese interés garantizado invierten en renta fija y en depósitos privados, no invirtiendo apenas en bolsa, donde se pueden conseguir mayores intereses.
El riesgo y la cobertura principal de este seguro es la contingencia de la jubilación pero, además, el dinero que se va rentando y acumulando en un Plan de Previsión Asegurado puede ser retirado en caso de muerte del asegurado, invalidez permanente, enfermedad grave o desempleo de larga duración.
Todas las compañías aseguradoras que comercialicen este producto están obligadas a informar al tomador del seguro antes de la celebración del contrato de lo siguiente (recordemos que celebrar un contrato es firmarlo de mutuo acuerdo entre las partes):
  1. Denominación social de la compañía aseguradora.
  2. Dirección del domicilio social de la entidad y, en su caso, de la sucursal en España.
  3. Definición de las garantías y riesgos cubiertos, indicando que la garantía principal del seguro llamado Plan de Previsión Asegurado es la jubilación.
  4. Mención destacada del carácter ilíquido del contrato hasta la jubilación del tomador del seguro, a no ser que se den antes estas circunstancias::
    1. Fallecimiento.
    2. Invalidez Permanente.
    3. Enfermedad Grave.
    4. Desempleo de larga duración.
  5. La totalidad de los gastos previstos.
  6. Interés garantizado.
  7. Duración del contrato.
  8. Régimen fiscal de las aportaciones y prestaciones del contrato.
  9. Datos correspondientes al Departamento de Atención al Cliente.
  10. Etc.
Anualmente, la compañía de seguros informará al tomador del Plan de Previsión Asegurado sobre las aportaciones efectuadas y el valor, al final del año natural, de la participación en beneficios que le corresponda.
Asimismo, con periodicidad semestral, el tomador del seguro deberá recibir la información relativa al importe y la evolución de la provisión matemática de la que es titular así como los gastos previstos.
Resumiendo, los Planes de Pensiones y los Planes de Previsión Asegurados son seguros de vida con características y fiscalidad análogas en los que la principal diferencia reside en que los Planes de Previsión Asegurados tienen un interés garantizado durante la duración del contrato, cosa que no sucede con los Planes de Pensiones.
Así, dependiendo del perfil del partícipe (asegurado), podremos elegir un tipo de plan u otro. En cualquier caso, los Planes de Previsión Asegurados, serán para partícipes a los que no les guste nada o casi nada el riesgo.


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