jueves, 11 de octubre de 2012

Agricultura y ganadería. Responsabilidad Civil.

Imagen cortesía de: Daquella manera

Todos los ganaderos y agricultores por el hecho de tener una explotación, están sometidos a unas responsabilidades derivadas de dicha titularidad.

Para este fin, nace el seguro de responsabilidad civil a terceros, que es el seguro que cubre la responsabilidad material, personal o los perjuicios económicos que una persona nos pueda reclamar por el daño sufrido.


Así, la principal cobertura de este tipo de seguro es la responsabilidad civil de explotación que cubre la mayoría de riesgos que afectan a la actividad empresarial de los agricultores y ganaderos.


Junto con esta cobertura que, como decimos, es básica, se pueden contratar otras de tipo adicional como podrían ser: la responsabilidad civil patronal, la responsabilidad civil de productos, la responsabilidad civil locativa y la defensa jurídica, entre otros. Vamos a ver en qué consisten.


La responsabilidad civil patronal es la responsabilidad civil que le pueden exigir al empresario, (ganadero o el agricultor), los trabajadores por accidentes de trabajo ocurridos interviniendo algún grado de culpa del empresario. Por ejemplo por no llevar un equipo de protección individual cuando su trabajo lo requiera, tales como ropa de trabajo que cubra todo el cuerpo, guantes, botas de agua, gorro y mascarilla para el caso de contacto con estiércol seco o purines. Si el empresario no le hace entrega de estas medidas de protección individual al empleado y, a consecuencia de ello, éste sufre algún riesgo, puede pedirle responsabilidades al empresario (ganadero o agricultor).


La responsabilidad civil de productos es la responsabilidad que se le puede exigir al ganadero o agricultor por terceros (consumidores) por los productos fabricados, distribuidos o comercializados por él. Por ejemplo, la responsabilidad que puede derivarse por la leche que venda un ganadero, por los huevos que han puesto sus gallinas, etc. O en el caso de los agricultores por la fruta o verdura que venda. Asociada a esta cobertura tenemos la cobertura de la retirada de productos del mercado. Es decir, si un producto que haya fabricado, distribuido o comercializado el agricultor o ganadero resulta perjudicial para terceras personas (consumidores), lógicamente querrá retirarlo del mercado. Esta cobertura cubre los gastos de retirada del producto del mercado.


En el caso de que el ganadero o agricultor disponga de una explotación arrendada, también tendrá responsabilidad frente al arrendador por los daños que pueda causar en el inmueble arrendado. Esto es lo que se llama responsabilidad civil locativa.


Además, a todas estas coberturas se le suele incluir la cobertura de la defensa jurídica, para tener un abogado disponible en caso de la defensa y reclamación frente a terceros.

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