Imagen cortesía de: ilo_oli
Los Seguros Agrarios: contratación
Los seguros agrarios se contratan con AGROSEGURO (Agrupación Española de
Entidades Aseguradoras de Seguros Agrarios Combinados). Agroseguro agrupa a un conjunto de compañías aseguradoras, formando entre ellas un cuadro
de coaseguro.
Para contratar un seguro agrario basta con dirigirnos
a las delegaciones o mediadores de cualquiera de las compañías aseguradoras que forman parte de Agroseguro.
La relación de
las entidades aseguradoras que forman parte de Agroseguro puede consultarse en la página Web de ENESA (Entidad Estatal de Seguros Agrarios) dentro del apartado "Plan Anual" > “Legislación básica del plan”. Dentro de este subapartado podemos consultar una serie de documetnos con la legislación relativa al último plan anual de esta entidad. Los documentos cuyo nombre comienza por “Cuadro de coaseguro” contienen la relación de entidades aseguradoras que forman parte de Agroseguro para cada uno de los años en los que esta información está disponible.
El
agricultor, ganadero, acuicultor o propietario forestal que decida
asegurar su producción, puede hacerlo de las siguientes formas:
- Individualmente: en este caso debe contratar su seguro agrario directamente con Agroseguro.
- De forma colectiva: integrándose en un colectivo abierto por un Tomador. En este caso recibiría una subvención mayor (actualmente un 5% mayor).
¿Quién puede ser tomador de Seguros Agrarios?
Puede ser Tomador de Seguros Agrarios cualquier
cooperativa, organización o asociación de agricultores, ganaderos,
acuicultores o propietarios forestales que tenga personalidad
jurídica propia y capacidad para contratar.
Para acceder a la
subvención adicional existente por contratación colectiva (actualmente de un
5%) los Tomadores de Seguros Agrarios deberán inscribirse en el Registro de Tomadores creado en la
Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por orden de 23 de
octubre de 1998, publicada en el B.O.E. del 28 de octubre.
La
relación de tomadores de Seguros Agrarios puede ser consultada en la Página Web
de ENESA, dentro del apartado: “Consultas” > “Sobre Tomadores”.
Funciones del
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
El
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la
Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), realiza la coordinación
de la actividad de los Seguros Agrarios.
Como consecuencia del
desarrollo de esta actividad, ENESA propone al Gobierno, la
aprobación del Plan Anual de Seguros, que se aprueba a principios de
cada año. Este Plan Anual de Seguros es el que controla la aplicación de los Seguros Agrarios, otorgando
las subvenciones a estos seguros, de acuerdo a las previsiones
del plan.
Asimismo, ENESA realiza los correspondientes estudios de viabilidad de las líneas de
seguro y la divulgación del Seguro Agrario, entre otras actividades.
Los Siniestros dentro de los Seguros Agrarios
Cuando ocurre un siniestro relacionado con un Seguro Agrario, el
Asegurado, el Tomador o el Beneficiario, deben comunicar el siniestro con la
mayor brevedad posible al domicilio social de Agroseguro:
Agroseguro
C/Gobelas, Nº23
28023 Madrid
Si
lo prefieren, también pueden dirigirse a la Oficina de Peritación de las
correspondientes zonas de Agroseguro, según el ámbito geográfico
donde ocurra el siniestro.
La
declaración del siniestro puede hacerse de las siguientes formas:
- En mano.
- Por correo.
- Por fax (sólo si es muy urgente).
Siempre será necesario solicitar el acuse de recibo de la declaración de siniestro.
El
plazo para la comunicación del siniestro en las producciones agrícolas, es de 7
días, contados a partir de la fecha en que fue conocido.
Si se
produce un incendio, será necesario prestar declaración ante la
autoridad compentente del lugar donde se haya producido el incendio y
aportar copia autentificada de dicha declaración que deberá ser
remitida a Agroseguro.
Si el siniestro está relacionado con fauna cinegética, será
necesario remitir dicha declaración sólo cuando Agroseguro lo
solicite.
En
caso de siniestros relacionados con animales asegurados, el plazo es de 24 horas y
deberá hacerse preferentemente llamando al teléfono 900 900 420.
Asimismo, deberá tomar todas las medidas necesarias paa la
conservación del animal o sus restos, de forma que el mismo se
encuentre, durante al menos las 72 horas siguientes a la
notificación, a disposición de Agroseguro, para una eventual
necropsia.
Si necesitas un asesor de seguros, tienes cualquier duda o necesitas cualquier aclaración, puedes expresar tus dudas en los comentarios de cualquiera de los posts de este blog, o si lo prefieres, puedes hacernos llegar tus dudas a través de la siguiente dirección de e-mail: tuasesordeaseguroseninternet@gmail.com
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