A
Ahorro: parte de la renta que no se destina al consumo.
Asegurado: persona que se encuentra expuesta al riesgo en su persona o bienes.
Asegurador: persona jurídica que se dedica a asumir riesgos ajenos, cumpliendo lo que a tal efecto establece la legislación, mediante la percepción de un cierto precio llamado prima.
Autoseguro: asunción del riesgo por uno mismo.
B
Beneficiario: titular del derecho a la indemnización o prestación a que el asegurador se haya obligado. Si no hay designación expresa, se entiende que es el asegurado.
C
Cárnica pura: se entiende por explotación de carne pura aquella en la que, al menos, el 70% de sus animales reproductores tienen carta genealógica de pureza emitida por una asociación oficialmente reconocida para ello.
Cartera: conjunto de pólizas que tiene la Entidad de Seguros en vigor.
Coaseguro: contrato que asumen las compañías de seguro (coaseguradoras) asegurando parte de un riesgo. Por tanto cada una responde, ante un siniestro, por la parte proporcional que le corresponde.
Contenido: mobiliario y pertenencias que pertenecen al asegurado.
Continente: elementos fijos del edificio o vivienda, tales como, paredes, cañerías, instalaciones eléctricas, sanitarios, etc.
Coaseguro: contrato que asumen las compañías de seguro (coaseguradoras) asegurando parte de un riesgo. Por tanto cada una responde, ante un siniestro, por la parte proporcional que le corresponde.
Contenido: mobiliario y pertenencias que pertenecen al asegurado.
Continente: elementos fijos del edificio o vivienda, tales como, paredes, cañerías, instalaciones eléctricas, sanitarios, etc.
Cobertura: conjunto de prestaciones que ofrece el seguro.
D
Documento de cobertura provisional: es el documento extendido por la compañía de seguros como garantía de que el seguro existe y hasta la entrega del contrato definitivo de seguro, también llamado póliza de seguros.
E
Entidades Aseguradoras: personas jurídicas susceptibles de ofrecer cobertura de seguro. Por ejemplo: Mapfre Seguros, Zurich España, Allianz Seguros, etc.
Extensiva de fácil control: recibe este nombre aquella explotación en la que los animales se encuentran en recintos cercados de topografía poco o nada accidentada y son controlados, al menos, una vez cada 48 horas.
I
Indemnización: pago del siniestro cubierto por la póliza (contrato de seguro).
Infraseguro: asegurar por debajo de los capitales que corresponden. Sirve tanto para continente como para contenido.
Interés asegurado: el interés asegurado es la relación que ha de mediar entre el asegurado y la cosa expuesta al riesgo, bien porque es dueño de la misma, depositario, etc.
Infraseguro: asegurar por debajo de los capitales que corresponden. Sirve tanto para continente como para contenido.
Interés asegurado: el interés asegurado es la relación que ha de mediar entre el asegurado y la cosa expuesta al riesgo, bien porque es dueño de la misma, depositario, etc.
L
Libro de registro de la explotación: libro al que se le asigna un código registrado en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
O
Objeto de seguro: ver Objeto asegurado.
P
Parte amistoso de accidente: documento modelo de declaración de accidente que sirve como vía para solucionar un conflicto entre vehículos como consecuencia de un hecho de la circulación.
Póliza: contrato por el que una de las partes (asegurador) se obliga frente a otro (asegurado) a resarcir de un daño o a pagar una suma de dinero en el caso de que el riesgo asegurado se produzca (siniestro). Es el contrato de seguro.
Persona jurídica: todo ente capaz de contraer derechos y obligaciones, pero que no es persona física.
Persona natural: todo ente capaz de contraer derechos y obligaciones, y que es persona física.
Precio cierto: es un precio que se sabe de antemano o que es susceptible de determinarse.
Prima: es la contraprestación que ha de satisfacerse a la entidad aseguradora en concepto de pago de la póliza de seguro. Es el precio del seguro.
Primer riesgo: forma de aseguramiento por lo que se garantiza una cantidad determinada, sin prestar atención a si existe o no infraseguro. No se aplicaría nunca la regla de equidad.
R
Reaseguro: contrato que asume una compañía de seguros con otra compañía aseguradora (compañía reaseguradora) para que asuma un riesgo que ya está asegurado. Digamos que es el seguro del seguro.
Riesgo: posibilidad de que ocurra un suceso futuro, incierto, ajeno a la voluntad de las partes y generador de un daño.
Riesgo anormal: riesgo que, por su condición, resulta agravado por inferir consecuencias no objetivas.
Riesgo objetivo: riesgo que puede medirse en cuanto circunstancias objetivas: edad, profesión, etc.
Riesgo subjetivo: riesgo que no puede medirse en cuanto las circunstancias objetivas.
S
Seguro: aquél por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado, o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Siniestralidad: conjunto de siniestros producidos durante un periodo determinado y que afectan a una póliza.
Siniestro: realización del evento dañoso que se asegura.
T
Tomador: persona que pacta y suscribe el seguro con el asegurador (compañía de seguros)
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